CUESTIÓN MALVINAS
La integridad del territorio argentino es parta fundamental de nuestra política exterior. Desde nuestra independencia, la delimitación de nuestras fronteras, de miles de kilómetros de extensión, y la afirmación del control del Estado argentino sobre todo su territorio, incluyendo los espacios marítimos y aéreos, fueron algunas de las tareas más relevantes de nuestra diplomacia.
La Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional de 1994 expresa: "La
Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre
las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios
marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del
territorio nacional. La recuperación de dichos territorios y el
ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus
habitantes y conforme a los principios del Derecho Internacional,
constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo
argentino."
La Cuestión de las Islas Malvinas fue, es y será un tema central de
todos los argentinos. Conforme a las diversas resoluciones adoptadas por
las Naciones Unidas, la Cuestión Malvinas es un caso de descolonización
especial y particular, a diferencia de otros casos coloniales, y por lo
tanto no puede ser resuelto mediante la aplicación del principio de
libre determinación, ya que prevalece el principio de la integridad
territorial y además su población no constituye un Pueblo, sino que fue
implantada por el Reino Unido. Asimismo, debido a que subyace una
disputa de soberanía entre las partes, la controversia debe ser
solucionada por un medio de solución pacífica teniendo en cuenta los
intereses de sus habitantes.
En este marco, la Argentina reclama la reanudación de las
negociaciones con el Reino Unido de conformidad con las resoluciones y
declaraciones de las Naciones Unidas y la Organización de los Estados
Americanos. Al mismo tiempo, existe un compromiso de respetar el modo de
vida de los isleños y de tomar en consideración sus intereses.
A fin de cumplimentar con nuestro mandato constitucional, el accionar
diplomático se implementa tanto en el plano multilateral como
bilateral, procurando crear las condiciones que permitan entablar
negociaciones para resolver la disputa de soberanía.