EL DILEMA DE LOS ITALIANOS QUE VIVEN EN EL EXTERIOR
Por Aurelio Nicolella
De la larga lucha por el derecho al voto a la representación a través de los COMITES.
Cuando sentimos hablar de AIRE, surge indudablemente un pregunta ¿la participación electoral? y una pregunta que vuelve a aparecer una y otra vez: ¿por qué un ciudadano italiano que ya está registrado como residente en el exterior, vota en las elecciones nacionales, debe realizar un trámite adicional para poder elegir a sus representantes ante el consulado italiano?
Italia reconoció tardíamente el
voto de sus ciudadanos residentes fuera del país. Hoy, los COMITES representan
a esas comunidades, pero el sistema electoral vuelve a plantear una pregunta:
¿por qué un ciudadano italiano inscripto en el AIRE debe realizar un trámite
adicional para poder participar de la elección de sus representantes?
Hay historias que comienzan mucho
antes de que una institución exista formalmente.
La historia de los COMITES, (Comitati
degli Italiani all’Estero), está estrechamente vinculada con otra historia
mucho más antigua: la de millones de italianos que abandonaron su país,
construyeron sus vidas en otras naciones y, durante décadas, continuaron siendo
ciudadanos italianos sin poder ejercer plenamente sus derechos políticos desde
el lugar donde habían decidido, o necesitado, vivir.
Argentina ocupa un lugar central
en esa historia.
Durante buena parte del siglo XX,
Italia fue un país de emigración. Millones de italianos partieron hacia América
del Sur, América del Norte, Europa y Oceanía. Argentina recibió una de las
comunidades italianas más numerosas y culturalmente influyentes.
Pero hubo una paradoja.
Italia tenía millones de
ciudadanos viviendo fuera de sus fronteras y, sin embargo, durante décadas no
encontró una solución efectiva para permitirles ejercer desde el extranjero el
derecho al voto.
Un derecho reconocido, pero
durante décadas difícil de ejercer (se adjunta al final del artículo cuadro sinoptico de comparación de voto en el extranjero de ciudadanos de otros paises).
La Constitución italiana a través
de los artículos 48 (Derecho de sufragio y voto de los italianos residentes en
el exterior), 49 (Participación política), 51 (Acceso
a los cargos electivos), 56 Cámara de Diputados y Circunscripción Exterior, 57 (Senado
y Circunscripción Exterior) y 75 (Participación en referéndums), reconoce el
sufragio como un derecho fundamental. Sin embargo, reconocer jurídicamente un
derecho no significa necesariamente que su ejercicio resulte sencillo.
La historia parlamentaria
italiana permite ubicar uno de los primeros hitos en el 22 de octubre de 1955,
cuando fue presentada en el Senado una iniciativa para permitir el voto de los
italianos residentes en el exterior.
El dato histórico es
significativo: la iniciativa fue presentada por el senador Lando Ferretti,
dirigente del Movimento Sociale Italiano (MSI), partido fundado en 1946
por sectores vinculados al antiguo fascismo italiano y que, que como dato de
color, tras su transformación en Alleanza Nazionale, constituye una de
las raíces históricas de Fratelli d’Italia, el partido actualmente
liderado por Giorgia Meloni. Meloni inició su militancia política en Alleanza
Nazionale y en 2012 participó de la fundación de Fratelli d’Italia.
De este modo, existe una continuidad histórica entre aquella tradición política
de la posguerra y la actual formación de gobierno, aunque se trate de partidos
distintos y separados por varias décadas.
Desde entonces, el derecho al
voto del italiano residente al exterior comenzó un larguísimo recorrido
legislativo.
En los debates parlamentarios
posteriores aparecen posiciones diferentes y cambiantes. El problema no era
solamente técnico. Había una cuestión política de fondo: ¿qué consecuencias
tendría incorporar al cuerpo electoral italiano a millones de ciudadanos que
vivían fuera del territorio nacional?
La discusión se desarrolló
durante décadas.
En el contexto de la Guerra Fría,
el peso político de las comunidades italianas en el exterior no era una
cuestión menor. Las grandes corrientes ideológicas italianas, democristianos,
comunistas, socialistas, liberales, republicanos y la derecha nacional tenían
vínculos con las comunidades de emigrantes.
El temor a que el voto de los
italianos del exterior pudiera alterar el equilibrio político interno formó
parte de aquel debate.
Pero sería incorrecto reducir
toda la historia a una oposición uniforme de un solo partido.
La documentación parlamentaria
demuestra que la Democracia Cristiana tuvo posiciones que fueron evolucionando.
En 1982, por ejemplo, la propia DC organizó un seminario sobre el voto de los
italianos en el exterior y dirigentes democristianos defendieron públicamente
la necesidad de avanzar hacia una solución legislativa.
En otras palabras, la historia
fue bastante más compleja que una simple división entre quienes querían otorgar
el voto y quienes pretendían impedirlo.
Lo que sí puede afirmarse es que
el reconocimiento efectivo del voto exterior quedó bloqueado durante décadas
por razones políticas, constitucionales, administrativas y también por la
dificultad de encontrar un mecanismo electoral adecuado.
En 1993 todavía se discutía el
tema en el Parlamento italiano.
Y habría que esperar hasta
comienzos del siglo XXI para que se produjera el cambio decisivo.
Pero en el año 2001: finalmente
llega el voto de los italianos residentes en el exterior.
Así, las reformas
constitucionales de 2000 y 2001 modificaron los artículos 48, 56 y 57 de la
Constitución italiana y crearon la Circoscrizione Estero.
Luego llegó la Ley 27 de
diciembre de 2001, n.º 459, conocida como Legge Tremaglia, impulsada por
Mirko Tremaglia.
La ley estableció que los
ciudadanos italianos residentes en el exterior, incluidos en las
correspondientes listas electorales, podían votar en la Circoscrizione
Estero para la elección de las Cámaras y en los referendos
constitucionalmente previstos.
El sistema adoptó como regla el
voto por correspondencia.
También se dividió la
circunscripción exterior en cuatro grandes áreas:
Europa;
América Meridional;
América Septentrional y Central;
África, Asia, Oceanía y
Antártida.
La Argentina, desde luego, quedó
comprendida dentro de América Meridional, junto con los demás países
sudamericanos.
La conquista tuvo una importancia
histórica evidente: por primera vez, millones de ciudadanos italianos
residentes fuera de Italia pudieron participar directamente en la elección de
representantes destinados específicamente a representar a los italianos del
exterior.
La primera elección política bajo
este nuevo sistema tuvo lugar en 2006.
Habían transcurrido más de
cincuenta años desde aquella primera iniciativa de 1955.
Pero
el reconocimiento del derecho al voto no podía ser el punto final. El italiano
que reside en el exterior continúa siendo ciudadano italiano y tiene derecho a
que sus necesidades, sus intereses y sus derechos sean atendidos y protegidos
por las instituciones de su país, entre ellas las representaciones consulares,
en el marco de las normas internacionales que regulan la función consular, como
la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963.
La
representación de la comunidad debía, por lo tanto, ir más allá de lo
electoral: debía convertirse también en un instrumento para escuchar, acompañar
y defender al ciudadano italiano allí donde se encuentre.
En síntesis, votar para elegir
diputados y senadores de la república, no resolvía todos los problemas.
Como ejemplo basta ver que un ciudadano
italiano residente en Buenos Aires, Rosario, Córdoba, La Plata, Mar del Plata,
Lomas de Zamora, Morón o Mendoza tenía problemas concretos que no
necesariamente podían ser canalizados a través del Parlamento italiano tales
como: Pasaportes; Documentación; Ciudadanía; Educación; Cultura; Asistencia social; Relaciones con el Consulado;
Integración de las nuevas generaciones; Preservación de la lengua italiana; Patrimonio
cultural; Memoria de la emigración.
Era necesario contar con
organismos que pudieran funcionar como interlocutores permanentes de las
comunidades.
Así aparecen los COMITES (Comitati
degli Italiani all’Estero), creados originalmente en 1985 y actualmente
regulados principalmente por la Ley italiana n.º 286 de 2003.
Los COMITES son organismos
representativos de las comunidades italianas residentes en el exterior. No son
consulados. No son embajadas. No son partidos políticos. Y tampoco sustituyen a
las autoridades italianas.
Su función es representar a la
colectividad ante las representaciones diplomáticas y consulares y colaborar en
cuestiones vinculadas con la vida de los italianos residentes en el exterior.
Entre sus ámbitos de actuación se
encuentran la cultura, la educación, la asistencia social, la formación
profesional, la juventud, la igualdad de oportunidades, el deporte y otras
actividades destinadas a fortalecer los vínculos de la comunidad italiana.
También tienen una función
particularmente importante: preservar la memoria histórica de la emigración
italiana y transmitirla a las nuevas generaciones.
Y en países como Argentina esa
función adquiere una dimensión especial.
AIRE:
el registro de los italianos que viven fuera de Italia
Para comprender el sistema hay
que detenerse en una institución fundamental:
AIRE, Anagrafe degli Italiani
Residenti all’Estero, es el registro de los ciudadanos italianos residentes
fuera de Italia. No se trata simplemente de una base de datos destinada a las
elecciones.
Es una institución administrativa
fundamental para determinar la residencia de los ciudadanos italianos en el
extranjero y su relación con las autoridades italianas.
Por eso aparece una cuestión que
merece ser discutida.
Si el Estado italiano posee un
registro oficial de sus ciudadanos residentes en el extranjero, ¿hasta qué
punto resulta razonable exigir, para una elección de representación
comunitaria, una manifestación adicional de voluntad para ser incorporado al
listado electoral específico?
La pregunta no implica desconocer
la necesidad de contar con padrones actualizados.
Todo proceso electoral necesita
seguridad jurídica. Necesita determinar quiénes tienen derecho a votar. Necesita
evitar duplicaciones. Necesita garantizar que una persona vote una sola vez.
Pero una cosa es actualizar y
depurar el padrón y otra diferente es trasladar al ciudadano la carga de volver
a manifestar que quiere ejercer un derecho de participación que ya se encuentra
vinculado con su condición de ciudadano italiano residente en el exterior.
Y allí aparece uno de los
principales interrogantes de las elecciones COMITES 2026.
La llamaría de los ciudadanos
italianos al exterior tienen que volver a inscribirse
En las elecciones de 2026 el voto
para los COMITES se realizará por correspondencia.
La elección está fijada para el 4
de diciembre de 2026.
Pero existe una diferencia
importante respecto de las elecciones políticas y los referendos.
Para recibir el material
electoral de los COMITES, el ciudadano italiano que reúna los requisitos debe
solicitar expresamente su inscripción en el listado electoral correspondiente.
El plazo establecido es el 4 de
noviembre de 2026.
El Ministerio de Asuntos
Exteriores italiano explica que pueden votar los ciudadanos residentes desde al
menos seis meses en la correspondiente circunscripción consular y que estén
inscriptos en AIRE. Sin embargo, el sobre electoral de los COMITES se envía
solamente a quienes hayan realizado la solicitud correspondiente.
Es decir: estar inscripto en
AIRE no equivale automáticamente a estar incluido en el listado electoral
específico de los COMITES.
Y aquí comienza el debate.
¿Padrón o reinscripción?
El problema merece ser planteado
con seriedad.
Italia ya dispone de información
oficial sobre sus ciudadanos residentes en el extranjero.
El sistema AIRE permite conocer
quiénes son y dónde se encuentran registrados.
Además, la normativa electoral
italiana prevé mecanismos de coordinación entre las administraciones
municipales, el Ministerio del Interior y las autoridades consulares para
elaborar los registros electorales de los ciudadanos residentes fuera del
territorio.
Por lo tanto, cabe preguntarse si
para los COMITES sería posible utilizar como punto de partida los registros
oficiales existentes, efectuar las verificaciones necesarias y conformar el
padrón electoral sin exigir una nueva manifestación de voluntad a cada
ciudadano.
La cuestión no es menor. Una
persona puede tener ciudadanía italiana. Puede estar inscripta en AIRE. Puede
pertenecer a una determinada circunscripción consular. Puede cumplir con el
requisito temporal de residencia.
Y, sin embargo, si desconoce que
debe realizar un trámite adicional, puede quedar fuera de la elección.
No pierde su ciudadanía. No deja
de pertenecer a la comunidad italiana.
Pero queda fuera del proceso
electoral que determina quiénes serán sus representantes ante las autoridades
consulares y diplomáticas.
Ese es el punto que merece una
discusión pública.
El problema de los que quedan
afuera
La exigencia de una inscripción
electoral adicional puede afectar especialmente a determinados sectores.
Italianos de avanzada edad. Personas
que viven alejadas de los centros urbanos. Ciudadanos que tienen dificultades
para utilizar plataformas digitales. Descendientes que obtuvieron recientemente
su reconocimiento de ciudadanía. Personas que cambiaron de domicilio. Ciudadanos
que permanecen poco vinculados con la actividad institucional italiana. Y,
especialmente, quienes simplemente desconocen que existe un plazo específico
para solicitar la inclusión en el listado electoral.
La participación electoral no
depende solamente de que exista formalmente un derecho.
También depende de que el
ciudadano conozca las condiciones necesarias para ejercerlo.
En ese sentido, la propia
administración italiana reconoce la importancia de promover la participación en
las elecciones COMITES.
Una paradoja de la representación.
Aquí aparece una paradoja. Los COMITES fueron creados para representar a los
italianos residentes en el exterior. Pero cuanto menor sea la participación
electoral, menor será la cantidad de ciudadanos que intervengan directamente en
la elección de esos representantes.
No necesariamente porque no
tengan interés. Puede ocurrir simplemente porque no conocieron el procedimiento
o porque no realizaron el trámite dentro del plazo. Y eso plantea una cuestión
institucional: ¿la representación de una comunidad debe depender exclusivamente
de quienes realizan una inscripción electoral adicional o debería construirse
sobre la totalidad de los ciudadanos habilitados, utilizando los registros
oficiales del Estado como base?
No se trata de eliminar los
controles.
Se trata de discutir si el
sistema actual logra equilibrar adecuadamente dos principios igualmente
importantes: seguridad electoral y máxima participación ciudadana.
La cuestión adquiere especial
relevancia en la Argentina. Durante generaciones, los italianos que llegaron al
país construyeron familias, empresas, asociaciones, instituciones educativas,
clubes, sociedades de socorros mutuos, iglesias y centros culturales.
La inmigración italiana dejó una
huella profunda en la Argentina. Apellidos italianos forman parte de la vida
cotidiana. La gastronomía. La arquitectura. La música. La industria. El
comercio. Las profesiones. La cultura. Las asociaciones civiles. La vida
política y sindical. Buena parte de la identidad argentina tiene también una
historia italiana.
Por eso los COMITES no deberían
ser vistos únicamente como una institución electoral italiana.
Son también una expresión
institucional de una historia migratoria que une a dos países.
¿Cuántos ciudadanos efectivamente
podrán votar?
La respuesta dependerá, en buena
medida, de la capacidad de información del Estado italiano y de las propias
comunidades.
Una democracia no solamente debe
garantizar que nadie vote dos veces.
También debe procurar que quienes
tienen derecho a participar puedan hacerlo.
Y allí el debate sobre AIRE
adquiere particular importancia.
Si existe un registro oficial que
identifica a los ciudadanos italianos residentes en el exterior, cabe discutir
si ese registro debería constituir la base principal para confeccionar los
padrones electorales de los COMITES, con las correspondientes verificaciones de
residencia, ciudadanía y demás requisitos legales.
La tecnología actual permite
actualizar información con una rapidez que era imposible hace décadas.
La administración pública
italiana posee hoy herramientas digitales que permiten realizar trámites a
distancia.
Por eso también resulta legítimo
preguntarse si un sistema pensado para garantizar seguridad electoral puede, en
determinadas circunstancias, terminar produciendo el efecto contrario al
buscado: reducir la participación de ciudadanos que tienen derecho a ser
representados.
Porque los italianos que viven
fuera de Italia no son solamente una cifra en un registro. Son una parte de
Italia que vive más allá de sus fronteras.
Y los COMITES son, precisamente,
una de las instituciones creadas para que esa comunidad tenga voz.
DEL VOTO EXTERIOR A LA REPRESENTACIÓN DE LA COMUNIDAD
1. DERECHO AL VOTO
- Reconocimiento constitucional.
- Artículo 48 de la Constitución italiana.
- Voto personal, igual, libre y secreto.
- Derecho de los ciudadanos residentes en el exterior.
- Creación de la Circoscrizione Estero.
2. CIUDADANÍA Y DERECHOS
- El ciudadano no pierde su condición por residir fuera de Italia.
- Conserva derechos e intereses frente al Estado italiano.
- Derecho a la protección y asistencia consular.
- Aplicación de las normas internacionales pertinentes.
- Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963.
3. AIRE
- Anagrafe degli Italiani Residenti all'Estero.
- Registro de los ciudadanos italianos residentes en el exterior.
- Permite identificar la residencia en el extranjero.
- Constituye una herramienta fundamental de la administración italiana.
4. REPRESENTACIÓN
- La participación no termina con el voto.
- Necesidad de atender las necesidades de la comunidad.
- Canalización de problemas e inquietudes.
- Defensa y promoción de los derechos.
- Vínculo con las instituciones italianas.
5. COMITES
- Comitati degli Italiani all'Estero.
- Organismos representativos de las comunidades italianas.
- Colaboración con las autoridades consulares.
- Actividades sociales, culturales y educativas.
- Canal de comunicación entre la comunidad y las instituciones.
Garantizar que el ciudadano italiano residente en el exterior pueda participar, ser escuchado, ejercer sus derechos y contar con una representación efectiva ante las instituciones italianas.
AIRE
Anagrafe degli Italiani Residenti all’Estero.
Registro de los ciudadanos italianos residentes en el exterior.
COMITES
Comitati degli Italiani all’Estero.
Organismos representativos de las comunidades italianas residentes fuera de Italia.
CIRCOSCRIZIONE ESTERO
Circunscripción electoral destinada a garantizar la representación parlamentaria de los ciudadanos italianos residentes fuera de Italia.
LEGGE TREMAGLIA
Ley italiana n.º 459 de 2001, que reguló el voto de los ciudadanos italianos residentes en el exterior.
DIRITTO DI VOTO
Derecho de sufragio. La Constitución italiana establece que el voto es personal, igual, libre y secreto.
RAPPRESENTANZA
Representación de los ciudadanos y de sus intereses ante las instituciones correspondientes.
PROTEZIONE CONSOLARE
Funciones de asistencia y protección que ejercen las representaciones consulares respecto de sus ciudadanos en el exterior.
CONVENZIONE DI VIENNA
Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, que regula las funciones consulares y la asistencia a los nacionales.
CIRCOSCRIZIONE CONSOLARE
Territorio asignado a una representación consular para el ejercicio de sus funciones.
VOTO PER CORRISPONDENZA
Modalidad mediante la cual los ciudadanos italianos residentes en el exterior pueden votar por correspondencia.
MSI
Movimento Sociale Italiano. Partido político italiano fundado en 1946, vinculado históricamente a sectores del antiguo fascismo italiano.
ALLEANZA NAZIONALE
Partido político italiano surgido de la transformación del MSI durante la década de 1990.
FRATELLI D’ITALIA
Partido político italiano fundado en 2012 y actualmente liderado por Giorgia Meloni.
Modalidad de voto, lugar donde se vota y forma de incorporación al padrón electoral.
Los sistemas electorales de los distintos países no son idénticos. Algunos utilizan el voto postal; otros organizan mesas en consulados o locales especialmente habilitados; otros combinan diferentes modalidades.
La cuestión relevante para el caso italiano no es solamente cómo se emite el voto, sino también cómo se determina quién tiene derecho a votar y cómo se incorpora al elector al registro correspondiente.
En el caso italiano aparece una particularidad que merece ser analizada: el ciudadano residente en el exterior ya se encuentra registrado administrativamente en el AIRE, pero para participar en las elecciones de los COMITES debe realizar una manifestación específica de voluntad para ser incorporado a la correspondiente lista electoral.
Esto plantea una cuestión que excede la simple modalidad de votación: ¿por qué un ciudadano italiano que ya figura oficialmente como residente en el exterior debe realizar un trámite electoral adicional para poder elegir a sus representantes comunitarios?
